Traigo a colación este tema porque desgraciadamente está ocurriendo con frecuencia en nuestro país con la crisis: habiendo comprado un electrodoméstico en una tienda, que ha cerrado, ¿Qué sucede con la garantía del aparato? ¿Quién me la reparará? ¿Tendré que pagar la reparación estando dentro de la garantía? Lo que motiva este artículo es que acabo de leer en revistas de electrodomésticos la siguiente nota: “Worten asume la garantía legal de los productos adquiridos en Darty”

Transcribo el texto del citado titular de Marrón y Blanco:
“En virtud de un acuerdo alcanzado entre ambas compañías, Worten se hará cargo de la garantía legal de productos adquiridos en Darty. De esta forma, cubrirá la garantía (dos años a partir del momento de la compra) de los productos que figuran en su catálogo y que los clientes adquirieron en las tiendas de la cadena francesa, que este mes de junio completará el cierre de sus centros en España.
En caso de que el producto sufra alguna avería (en el período antes citado), el cliente únicamente tiene que acudir a una tienda Worten con el ticket o factura donde se detalle la fecha de adquisición del producto y la garantía se tramitará con el procedimiento habitual.”
El lector normal pensará: «Qué bien, WORTEN se hace cargo de atender la garantía de los aparatos vendidos por DARTY, que ha cerrado todas sus tiendas en España y ha desaparecido de nuestro país. Menos mal que WORTEN nos hará el favor de cubrir la garantía…”. Pues no, amigo lector, WORTEN no te hace ningún favor. Es su obligación, Veremos el por qué más adelante.
Antes de seguir quiero decirles a los lectores que este caso está sucediendo con muchas tiendas de electrodomésticos, que es un sector afectadísimo `por la crisis, que las ventas han ido descendiendo en elevados porcentajes cada uno de estos últimos años. Por consiguiente puede ser que muchos lectores se encuentren ahora o en el próximo futuro, con este problema de saber quién le atiende la garantía de su aparato pues la tienda donde compró ha cerrado. Hablaré pues con carácter general, y por último haré referencia de nuevo a WORTEN y DARTY.
Veamos primero quién es responsable de atender la garantía de los electrodomésticos. La Ley de GARANTÍAS en la venta de bienes de consumo duradero, nº 23/2003. De 10 de Julio, entró en vigor el 11 de Septiembre de 2.003, y se ajusta a la Directiva Europea 1999/44/C y es de obligado cumplimiento en todos los países de la Unión Europea. En el artículo 4 dice responsabilidad del VENDEDOR y derechos del consumidor: El VENDEDOR responderá ante el consumidor de cualquier falta de conformidad que exista en el momento de la entrega del aparato….reconoce el derecho a la reparación del aparato… durante el período de garantía de 2 años». Por consiguiente el vendedor es quien debe asumir la reparación en garantía de los aparatos que venda.
Sin embargo, si el FABRICANTE dispone de Servicio Técnico el vendedor puede acordar con el fabricante que sea ´éste quien atienda la garantía en su nombre (del vendedor). En algunos países europeos el Servicio Técnico lo llevan a cabo los propios vendedores. En España tradicionalmente la Asistencia Técnica se ha dejado siempre en manos de los fabricantes o importadores, que siempre han dispuesto de los Servicios Técnicos correspondientes. Eso está permitido por la Ley, pero no evita que el responsable en primer lugar sea siempre el vendedor del aparato, que por delegación, lo puede ceder al fabricante.
Aclarado este importante punto de la Ley, veamos los diferentes casos que pueden darse para atenderte la garantía de un aparato.
1.- El fabricante del aparato tiene fábrica en España (o Delegación oficial) y vende aparatos con su propia marca. En este caso el fabricante dispone de una organización de Servicios Técnicos Oficiales que cubren el territorio nacional y atiende su marca. El vendedor compra los aparatos de la marca del fabricante con la condición de que sea éste quien atienda la garantía de dos años a su cargo. El fabricante incluye el coste de la cobertura de la garantía en el `precio de cesión del aparato al vendedor. En este caso, si el vendedor cierra su negocio, el fabricante sigue atendiendo con NORMALIDAD la garantía de dos años a través de su Red Oficial de Servicios Técnicos. Este es el caso más frecuente que no presenta ningún problema. Ejemplo de este caso: el vendedor suministra al usuario un aparato de la marca BOSCH, FAGOR, HAIER, BEKO, BALAY, EDESA, etc. En caso de cierre del establecimiento vendedor BOSCH, FAGOR, HAIER, BEKO, LG, SAMSUNG, etc. se harían cargo automáticamente  de atender la garantía de esas marcas propias. No solamente de las primeras marcas sino también de “segundas” marcas como pueden ser BALAY (Grupo BOSCH), EDESA (Grupo FAGOR) etc.
2.- El vendedor comercializa su propia marca: Puede ser que el fabricante tenga establecimiento en España o no lo tenga. Si lo tiene puede concertar el Servicio Técnico con el del fabricante, o puede no hacerlo, atendiendo la garantía por su cuenta. Si la concierta con el fabricante, y ´éste ha cargado el coste de la garantía en el precio del aparato, si cierra el vendedor, el fabricante cobre la garantía. En cambio si la marca propia la importa directamente el vendedor, puede tener o no concierto de cubrir la garantía el fabricante. Veamos unos ejemplos que os aclararán este galimatías.
ARÇELIK es un fabricante turco que está bien asentado en España (y en toda Euroipa), con productos de calidad a un precio interesante. En nuestro país vende su propia marca, BEKO, por lo que comprando esta marca, si el establecimiento vendedor cierra, BEKO seguirá reparándose en garantía sin ningún problema.
Pero resulta que BEKO (ARÇELIK), fabrica (o ha fabricado) para terceros y vendido también su marca propia BEKO, Suministró aparatos de las marcas blancas FIRST LINE (Carrefour)), ECRON (Eroski) BRU (Cadena de tiendas Expert), SAIVOD (El Corte Inglés), ANSONIC (Hipercor). En este caso, cada propietario de marca blanca ha actuado de forma diferente: FIRST LINE, de Carrefour, las compraban a Turquía sin incluir el Servicio Técnico, por lo que la gestión de la garantía iba a cargo del vendedor, Carrefour). En cambio las demás marcas blancas ECRON, BRU, SAIVOD, ANSONIC, eran atendidas por el mismo Servicio Oficial de Fabricante de BEKO, que atiende en este caso no solo su propia marca sino también las marcas bancas descritas. En este caso la atención de la garantía pasaría a dicho Servicio Oficial del fabricante. No así el caso de Carrefour, que atendían ellos el Servicio Técnico por lo que no estaba incluido en el precio de compra de los aparatos al fabricante.
En definitiva, y ante la duda, o se compran las marcas originales del fabricante, con lo que está cubierto el riesgo de cierre del establecimiento vendedor, o se compra la marca propia (blanca) de una entidad importante, como puede ser Carrefour, Eroski o El Corte Inglés e Hipercor, en cuyo caso como “vendedores” de los aparatos se harán cargo de la garantía. También si se tiene la seguridad total sobre el comercio vendedor, aún así lo mejor es comprar marcas propias de fabricantes solventes.
Para finalizar este tema volvaremos al caso del cierre de DARTY y la compra de su negocio por parte de WORTEN. La organización DARTY era originariamente francesa, luego fue adquirida por el grupo británico KESA y ahora desaparece de España, quedándose sus tiendas la compañía portuguesa WORTEN, que a su vez pertenece al grupo portugués SONAE, que se viene expandiendo por España desde el 2.009, cuando se quedó con los 9 establecimientos que tenía en Espala la cadena francesa BOULANGER, que cerró definitivamente en nuestro país. Luego WORTEN compró las 34 tiendas de PC CITY, y ahora, se incrementan sus puntos de venta con las tiendas de DARTY.
Lógicamente al comprar las tiendas de DARTY debe hacerse cargo de las responsabilidades de aquella enseña en cuanto a las garantías de los aparatos vendidos se refiere. Así pues no es por un acuerdo, sino por una obligación del mercado.
9 comentarios en «Ha cerrado la tienda donde compré un electrodoméstico, ¿Qué pasa con la GARANTÍA del aparato?»
  1. Perfecta explicación. A este respecto tengo una pregunta en un caso concreto. Si prefieres que no de marcas la próxima vez tendré mas cuidado. Compro una impresora a Amazon de la marca Hp. La tengo apróximadamente 1 año y 2 meses. Se estropea y lo primero que hago es contactar con HP, que me contesta que al haber pasado mas de 1 año el responsable es Amazon. Este último, como es habitual, responde a la perfección y envía directamente una nueva. La pregunta es evidente ¿me tomó el pelo HP?.

    Saludos.

  2. Buenos días, MALCON,

    Cuando se trata de explicar casos concretos no tengo ninguna objeciñon en que se digan las marcas. Yo lo hago cuando alabo o critico. Lo que me cuesta es recomendar marcas, por lo que eso lo tengo bastante restringido…

    HP no te tomó el pelo. Actuó según la ley. Como he dicho en repetidas ocasiones, la garantía europea de dos años es obligatoria en toda la Unión y obliga a los VENDEDORES a cubrir esta garantía.

    Sin embargo, en la misma Ley, se autoriza a que el vendedor pueda delegar la cobertura de esa garantía al fabricante del aparato, como se hace habitualmente en los electrodomésticos en España.

    En este caso concreto lo que sucede, por la actuación de fabricante y vendedor, es que el acuerdo sobre la garantía de dos años entre Amazón y Hp se lo han repartido: HP se ha comprometido con el vendedor a reparar o cambiar el aparato solo en el primer año de la garantía, El segundo, obligatoriamente le queda pues al vendedor. Esas son las condiciones entre fabricante y vendedor, y en su conjunto cumplen con la garantñia de dos años obligatoria en los aparatos.

    El hecho de que el vendedor en lugar de reparar el aparato lo cambie por uno nuevo es porque le sale más barato cambiar el aparato, por su bajo coste, qiue enviar a un técnico una o dos veces al domicilio del usuario y el coste de la reparación (material y mano de obra).

    Saludos cordiales

    Antonio Vazquez

  3. hola buenas
    he comprado una placa base y se me ha estropeado.donde la compre quebro y ahora me he puesto en contacto con Asrock para que me cubra la garantia y lo han hecho, pero me dicen que yo me tengo que hacerme cargo tanto de los gastos de envio de aqui para alla como de alla para aca(el envio es a holanda). ¿Esto es asi o deberian pagar ellos los costes de transporte?

  4. Se me ha estropeado un radiador ACESOL, pero tanto la tienda donde lo compré como el fabricante (Ingeniería Asturiana Termoelectrónica) cerraron hace varios años. Así que aunque una parte de la garantía todavía permanece vigente, no hay quien me atienda. Me gustaría que me pudiese informar de cómo podría acceder a un servicio técnico con experiencia en estos aparatos.

  5. No puedes reclamar a nadie, pues ni fabricante ni tienda existen ya. Lo único que te queda es buscar en tu zona un electricista o un técnico en calefacción eléctrica que pueda ver y en su caso reparar el radiador. Esa empresa no disponía últimamente de Red de Servicios Técnicos.

    Antonio Vazquez

  6. Hola, tenía un negocio de venta de productos la mayoría técnológicos (Smartphones, pc´s…)de origen chino y me he visto obligado a cerrar porque no daba beneficios. Estos productos eran adquiridos a una empresa española que los importa de asia. ¿Quien ha de gestionar la garantía de los productos que vendía yo? y, ¿tengo yo alguna responsabilidad en este aspecto? Gracias!

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