Las reparaciones (y las instalaciones) efectuadas en los electrodomésticos  por cualquier Servicio Técnico, sea Oficial de fabricante o no, están garantizadas totalmente un mínimo de tres meses desde la entrega del aparato tras la reparación, según el Real Decreto 58/1988, apartado 6º.
 
Las condiciones para que pueda aplicarse esta garantía son: que la nueva avería sea la misma que la anterior y no haber manipulado o reparado el aparato por terceros durante este período de tres meses.
 
La garantía es total sobre la reparación que se efectuó, por lo que la nueva reparación será totalmente gratuita: desplazamientos, transporte, mano de obra, materiales e incluso el IVA. El usuario no tiene que pagar nada.
 
No se podrá reclamar nueva reparación en garantía cuando la avería se produzca por uso inadecuado de aparato (por ejemplo, uso industrial), o por causas de fuerza mayor (inundaciones, incendio, caídas de tensión..) 
 
Si no hubiera acuerdo entre el usuario y el Servicio en que se trata de la misma avería anterior, el usuario podrá optar por utilizar el mismo Servicio garante u otro Servicio distinto para que subsane la avería.  En este segundo caso, el usuario deberá comunicarlo previamente al Servicio garante. Resuelta la reparación, si no hubiera acuerdo con el primer Servicio, el usuario pagará la nueva reparación, pudiendo presentar la oportuna reclamación legal al primer Servicio.
 
Tu pregunta inmediata será: ¿Vale la pena?, ¿Cuánto me costará?. En mi artículo de mañana te informaré exhaustivamente, y podrás comprobar que sí vale la pena…