Hemos comprado una lavadora, un lavavajillas, un frigorífico, etc., y está en garantía. ¿Podemos exigir el cambio del aparato? Analicemos este caso: un frigorífico debe cambiarse en garantía pues no tiene reparación (problemas de aislamiento del mueble, sin posibilidad de reparación por el Servicio Técnico Oficial del Fabricante). Pero el distribuidor donde se compró el aparato ha cerrado, ya no existe. ¿Qué puedes hacer?

El artículo 10 de la Ley 23/2003, “Garantías en la venta de bienes de consumo”, dice lo siguiente:
 
 «Cuando al consumidor le resulte imposible o le suponga una carga excesiva dirigirse frente al vendedor por la falta de conformidad de los bienes con el contrato de compraventa podrá reclamar directamente al productor (fabricante del bien o importador) con el fin de obtener la sustitución o reparación del bien.
 El Fabricante o Importador responderá por la falta de conformidad cuando ésta se refiera al origen, identidad o idoneidad de los bienes de consumo, de acuerdo con su naturaleza y finalidad y con las normas que los regulan.
Quien haya respondido frente al consumidor dispondrá del plazo de un año para revertirlo al responsable de la falta de conformidad. Dicho plazo se computa a partir del momento en que se completó el saneamiento».
Eso significa que en proceso inverso, si es el vendedor quien resuelve una falta de conformidad del aparato, podrá revertir sus costes sobre el fabricante o importador, siempre que sea de su responsabilidad la falta de idoneidad del bien.
El resumen de este artículo es::
-El usuario puede reclamar, indistintamente, al Distribuidor que vendió el  aparato o al Fabricante ( o Importador, en su caso).
-El Fabricante  tiene que responder en los mismos plazos y condiciones de la garantía establecidos para el vendedor, en lo que se refiere a problemas en el aparato, en su diseño, en sus prestaciones, en su homologación y en el contenido de la publicidad, folletos de instrucciones, etc.
-Quien haya solucionado el problema al consumidor, podrá reclamar al responsable durante un año de la falta de conformidad, o sea que si el vendedor soluciona el problema, es el Fabricante, en definitiva, quien tendrá que hacerse cargo de su coste.
Así pues, si te encuentras en este caso, de cierre del Distribuidor, no dudes en dirigirte directamente alñ Fabricante, si es español o tiene representación en nuestro país, o al Importador en caso contrario.
 
Normalmente te dirigirás al Distribuidor en primer lugar, pues él responde de lo que vende y está obligado a atenderte, y luego, tras el cambio del aparato, puede trasladar todos los costes al Fabricante.
4 comentarios en «¿A quién le podemos exigir el cambio de un electrodoméstico en garantía?»
  1. Buscando información sobre garantías me he encontrado con este blog y la verdad es que me he quedado impresionada por la cantidad de detalles y el rigor con el que se publican. Sin embargo no he encontrado respuesta al siguiente caso. Un pequeño electrodoméstico que se estropea hasta 3 veces en los dos años de garantía. Cada vez que se estropea se cambia por uno nuevo hasta que pasan los dos años de garantía desde la fecha de compra y entonces el distribuidor no se hace cargo del aparato porque dice que no está en garantía (a pesar de haber transcurrido tan sólo 6 meses desde la fecha del último cambio). No estoy segura y mi pregunta es ¿Cada vez que se produce un cambio en garantía por un aparato nuevo vuelve a empezar a contar la garantía de ese aparato otros 2 años a partir de la nueva fecha de entrega? Si esto es así ¿existe algún artículo de alguna ley que así lo especifique? En cualquier caso puse una reclamación para intentar aclarar el caso pero nadie me da respuesta, ni siquiera en la oficina de información al consumidor de mi ciudad y el distribuidor alega en la respuesta a la reclamación que con el cambio del electrodoméstico está resuelto el problema. Evidentemente si el problema estuviera resuelto no habría lugar para presentar reclamación alguna. Le agradecería una respuesta para poder reclamar con seguridad bien el cambio del aparato o la devolución del importe por considerar que se trata de un defecto de fabricación que no se soluciona con los cambios.
    Atentamente
    Ana

  2. Hola, tenemos un porche acristalado de 30m2 que nos gustaría calentar y estamos dudando mucho sobre el sistema a utilizar. Dudamos estre radiadores (emisores térmicos fluidos) , convectores o estufas de gas. La última la hemos descartando porque tenemos pequeños en casa. Los emisores nos ofrecen dudas porque no todos los días usaremos el porche y son un poco lentos y los convectores nos ofrecen dudas por el confort y el consumo (aunque no sé si será mucho mayor que el emisor térmico). Alguna sugerencia?

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